Sunday, January 5, 2014

Conozca algunos riesgos y beneficios que brinda el SOAT

Este espacio busca ser de utilidad para los emprendedores y ejecutivos del país. Conozca aspectos clave sobre el SOAT.

_ ¿Si tengo un accidente en un vehículo que no tiene SOAT, quién me paga? 
En los accidentes de tránsito en que intervengan dos o más vehículos, cada entidad aseguradora será responsable de las indemnizaciones correspondientes a las personas transportadas en el vehículo asegurado por ella. Si resultaren peatones accidentados, las entidades aseguradoras de los vehículos involucrados en el hecho serán responsables mancomunada y solidariamente de las indemnizaciones previstas en el SOAT. Las indemnizaciones serán pagadas por las entidades aseguradoras involucradas, en el plazo señalado en el art. 20 del presente decreto supremo y en proporciones iguales, de no existir acuerdo entre aseguradoras se procederá una vez determinado el grado de participación de los vehículos.
En caso de un accidente de tránsito que involucre una bicicleta, la víctima será indemnizada por la entidad aseguradora del vehículo asegurado con SOAT; si el causante no posee el SOAT, este será responsable directo.

_ Si ocurre un siniestro con heridos, ¿cuáles son los requisitos necesarios para acceder a la cobertura SOAT?
Para el caso de accidentes con heridos:
- Documento que identifique al accidentado.
- Certificado de accidente emitido por el Organismo Operativo de Tránsito.
- Certificado Médico o médico forense.
- Declaración de invalidez total y permanente cuando corresponda.
- Facturas o recibos. (D.S. Nº27295, art. 29, inc. b) / www.aps.gob.bo

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