Friday, October 4, 2013

Potosi Los pasajes subieron a cambio de aplicar restricción vehicular

Los pasajes del transporte urbano subieron el año pasado bajo el compromiso de los chóferes de mejorar el servicio al público y aplicar la restricción vehicular.
El acuerdo al que se arribó con las organizaciones del transporte figura en actas que sirvieron de base para la Ordenanza Municipal 015/2012 según hizo notar ayer el concejal Remberto Gareca quien presidía el Concejo cuando se aprobó esa norma.
La Ordenanza, cuya parte resolutiva transcribimos al pie de esta nota, también establece otras condiciones que los chóferes incumplen a la fecha.
Así, el artículo 6 señala que "los Vehículos del Transporte Urbano en un Plazo Máximo de (60) días de Promulgada la Presente Ordenanza Municipal, deben adecuar sus condiciones Técnicas y de Calidad". Tanto Gareca como el presidente del Consejo Municipal del Transporte, Nelson Fuentes, y el de la Federación Departamental de Juntas Vecinales (Fedjuve), Máximo Ramírez, coincidieron en señalar, por separado, que ese artículo no se cumple hasta ahora.
La adecuación de condiciones técnicas y de calidad consistía, básicamente, en reacondicionar los escapes verticales de los vehículos a fin de que no sigan contaminando el ambiente pero, como consta a la mayoríam de la población, ese compromiso fue incumplido.
Por el contrario, los chóferes federados decidieron en un ampliado que no acatarán la restricción vehicular y, en notas dirigidas al Consejo del Transporte, ahora piden que esa medida sólo se aplique a los vehículos particulares y no así a los del transporte público.
Tanto Fuentes como Ramírez evaluaron positivamente la medida y señalaron que, en su primera semana, contribuyó a mitigar el congestionamiento vehicular que castiga al centro de la ciudad.
El presidente de Fedjuve dijo que, como la restricción fue condicionante para subir los pasajes, los vecinos pedirán que se vuelva a las tarifa anterior si los chóferes no cumplen con sus compromisos.
015/2012
NORMA Ese es el número de la Ordenanza Municipal que fijó las nuevas tarifas a cambio de mejorar el servicio del transporte público.
PRESIDENTE DE FEDJUVE

Máximo Ramírez
“La restricción vehicular está beneficiando. Ya no hay tanto embotellamiento.
Lo que dice la Ordenanza:
Art. 1º.-
Al Ejecutivo Municipal, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N°165 (Ley General de Transporte), y su posterior aplicación en el ámbito de sus competencias, determinando la política de la administración del Transporte Público de nuestro Municipio, en todos sus artículos, incisos, numerales y parágrafos.


Art. 2º.-
Autorizar al Ejecutivo Municipal la Constitución del Consejo de Transporte y Vialidad Municipal, el que podrá estar conformado por el Ejecutivo Municipal, Organizaciones de la Sociedad Civil: COMCIPO, COD, FEDJUVE, Sindicatos del Transporte Público, Federación de Transporte Libre, Consejo del Adulto Mayor, FUL, FES, Asociación de Padres de Familia y otras representaciones institucionales como la Defensoría del Pueblo, para cuyo funcionamiento éste debe Presentar al Concejo Municipal su Reglamento Interno para su consideración.


Art. 3º.-
En virtud a la Reunión de Conciliación para encontrar CONSENSOS, suscrito por las representaciones de: FEDJUVE, Sindicato de Transporte, Federación de Transporte Libre y otras Organizaciones vivas de nuestra ciudad, se determina el siguiente Orden Tarifario:
MAYORES             UNIVERSITARIOS Y NORMALISTAS         ESTUDIANTES          ESCOLARES

.                                                        COLEGIALES

Bs. 1,30            Bs. 1,00.                            Bs. 0,50.            Bs. 0,20-0,30.

Con la preeminencia de que los estudiantes en Edad Escolar por el manejo de la Moneda Fraccionaria puedan pagar la suma de Bs. 0, 20 al no existir diez centavos de vuelto, asimismo dar un trato PREFERENTE a este sector de la población.


Art. 4º.-
Conforme a las disposiciones de la Ley 1886 de Preferencia al Adulto Mayor, este Sector gozará del descuento del 20% con relación a la Tarifa de Mayores.


Art. 5º.-
Autorizar al Ejecutivo Municipal la implementación del Reglamento de Calidad de Servicio y la Restricción Vehicular en la ciudad de Potosí producto del Estudio Técnico.


Art. 6º.-
En aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 010/2010, los Vehículos del Transporte Urbano en un Plazo Máximo de (60) días de Promulgada la Presente Ordenanza Municipal, deben adecuar sus condiciones Técnicas y de Calidad, al cabo del cual, las Autoridades llamadas por Ley: Ejecutivo Municipal, Policía Departamental y el Organismo Operativo de Transito, deberán retirar de circulación a los infractores para precautelar la Salud Pública de los habitantes de nuestro Municipio.
No ingresan al centro

Restricción vehicular
DÍA            Placas

terminadas en

LUNES            1 y 2

MARTES           3 y 4

MIÉRCOLES        5 y 6

JUEVES           7 y 8

VIERNES          9 y 0




Horario: 08:00 a 20:00

No opera sábados, domingos ni feriados

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